Nova lei de patentes na Espanha que entra em vigor em 1 de abril de 2017
Para invenções:
Artículo 8. Actividad inventiva.
1. Se considera que una invención implica una actividad inventiva si aquélla no
resulta del estado de la técnica de una manera evidente para un experto en la materia.
2. Si el estado de la técnica comprende documentos de los mencionados en el
artículo 6.3 no serán tomados en consideración para decidir sobre la existencia de la
actividad inventiva.
Para modelos de utilidade
Artículo 140. Actividad inventiva.
1. Para su protección como modelo de utilidad, se considera que una invención
implica una actividad inventiva si no resulta del estado de la técnica de una manera muy evidente para un experto en la materia.
2. Si el estado de la técnica comprende documentos de los mencionados en el
artículo 139.2 no serán tomados en consideración para decidir sobre la existencia de la
actividad inventiva.
Para modelo de utilidade as composições farmacêuticas não são protegidas mas os produtos químicos (não farmacêuticos) passam a ser objeto de proteção
Artículo 137. Invenciones que pueden ser protegidas como modelos de utilidade.
1. Podrán protegerse como modelos de utilidad, de acuerdo con lo dispuesto en este
Título, las invenciones industrialmente aplicables que, siendo nuevas e implicando
actividad inventiva, consisten en dar a un objeto o producto una configuración, estructura
o composición de la que resulte alguna ventaja prácticamente apreciable para su uso o
fabricación.
2. No podrán ser protegidas como modelos de utilidad además de las materias e
invenciones excluidas de patentabilidad en aplicación de los artículos 4 y 5 de esta Ley, las
invenciones de procedimiento, las que recaigan sobre materia biológica y las sustancias y
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